Oigo en RNE que Rodríguez Zapatero ha dicho que el estatuto de Cataluña pondrá final proceso de descentralización política.
Importantísima frase. Con esto se cierra el proceso autonómico. Entonces tranquilidad; esto empieza a ser España de verdad; ¿pero qué opinan de ello los partidos nacionalistas, y como se posiciona Montilla?
Si no tiene valor normativo lo del preámbulo ¿por qué y para qué se pone?. Da la impresión que ese es el sentimiento que se quiere que sea ejecutado, y que por imperativo legal se tienen que aguantar y quedarse solo en deseo, con lo que subyace un estatuto frustrante y sobre todo provisional, no finalizante.
Otra vez todo
Cuando un estatuto se presenta, se prepara para que pase la prueba del Tibunal Constitucional.
Cuandoun coche que lleve todo bien, menos los frenos y la dirección, y se presenta a la ITV ¿acaso pasa la revisión?
Leo en el periódico La Verdad (01.07.10) que el Tribunal Constitucional admite a trámite recursos contra la norma conocida como Ley del Aborto y que en cualquier caso entrará en vigor este lunes.
¿Es qué hay leyes que entran en vigor antes que, ante un recurso de inconstitucionalidad, determine el Tribunal Constitucional si son constitucionales o no, esas leyes? Imaginemos que sobre la ley del Aborto, el tribunal aprecia que es anticonstitucional después de aplicada, ¿cómo se resarcen los daños? ¿quién devuelve la vida a los fetos anticonstitucionales?.
Supongamos, verbigracia, que un parlamento autonómico, que se siente nación y se encuentra insatisfecho al no estar constituido en Estado, vota, sosteniéndose en el derecho a decidir su futuro ¡por los ciudadanos exclusivamente de esa autonomía!. Para un partido nacionalista, cualquier fallo en contra o limitando lo aprobado en su parlamento, es una agresión contra su pueblo [cómo van a decidir otros por nosotros!, dirían, no sé si pensándolo muy a fondo, pero que queda como incontestable en la superficie] y sale por mayoría que quieren la independencia y que ha de ser un hecho pues se ha determinado por el camino (el suyo) democrático. Segregada esa nación, se constituye su Estado. Si después de 3 años, el Tribunal Constitucional Español falla que no es constitucional lo aprobado en el parlamento autonómico. ¿Habría que retraerse y que vuelva a ser español, lo que era independiente?
¿No sería más natural y conveniente, que si se interpone un recurso de inconstitucionalidad previo a la votación de una ley en cada parlamento autonómico, se supedite a lo que determine el Tribunal Constitucional para que se pueda someter a votación si resulta que no contraviene a la Constitución, o se retire o reforme para que sea constitucional y seguir el procedimiento?. Tendría ventajas, como:
1)Evitar andar
2)Admitir de antemano que existe una Constitución que regula las normas que dimanan de ella y se encuentren dentro de su límite [cuando se cuestiona el límite como una imposición o una coacción, dejar bien sentado que la Constitución fue aprobada por la mayoría legal y a todos obliga; es un autolímite a lo que algunos llaman afrenta o impedimento. [La palabra límite no hay que tomarla en sentido peyorativo, en cualquier orden de la vida individual y social hay límites]
continua en (II)