Las bicicletas de asistencia eléctrica, que alcanzan por ley una velocidad máxima de 25 km/h, no necesitan bandas reductoras de velocidad, sin embargo son unas de las principales damnificadas por las que hay instaladas en Almansa.
Las bandas transversales instaladas en el pasado mandato, son de una dureza y altura extraordinarias y de un recorrido tan corto que supone un obstáculo dificil de salvar para una bici, más dificil cuanto menor es el diámetro de la rueda de la bicicleta.
El efecto sobre el ciclista es el de recibir un golpe que es soportado sobre todo por su propio cuerpo y también por la mecánica de la bicicleta.
Según nos reportan algunos usuarios de bicis eléctricas el golpe es lo suficientemente fuerte como para desconectar las baterías, especialmante en los modelos de bici en los que ésta esta colocada verticalmante sobre el eje del pedalier. Las baterías saltan sobre sus rieles y pierden el contacto con sus vehículos, en algunos casos se han producido holguras e incluso roturas que hacen mas frecuente la incidencia o que inhabilitan el vehículo.
En febrero de este año la Asociación Ciclotutrista Almansa presentó un informe a la Mesa de la Movilidad sobre la ilegalidad de estos reductores de velocidad en Almansa. Los reductores de obra -según el Ministerio de Fomento- deben tener un máximo de 6cm de alto (10 si es un paso de cebra) y una anchura de 4 metros (6 si es un paso de cebra).
Este es un extracto de aquel informe:
Las bandas transversales de reducción de velocidad en Almansa no cumplen la normativa, son obstáculos en la vía pública que el Ayuntamiento está obligado a retirar de inmediato.
Para que los pasos elevados y bandas transversales no sean considerados ”obstáculos en la vía pública” deben cumplir con las especificaciones técnicas del Ministerio de Fomento.
REAL DECRETO 1428/2003 Reglamento General de Circulación :
Preliminar Art1.1. 1. Los preceptos de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, los de este Reglamento y los de las demás disposiciones que la desarrollen serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.
Título I. Cap. I. Artículo 5.1. Quienes hubieran creado sobre la vía algún obstáculo o peligro deberán hacerlo desaparecer lo antes posible, y adoptarán entre tanto las medidas necesarias para que pueda ser advertido por los demás usuarios y para que no se dificulte la circulación (artículo 10.3 del texto articulado).
Artículo 5.2. No se considerarán obstáculos en la calzada los resaltos en los pasos para peatones y bandas transversales, siempre que cumplan la regulación básica establecida al efecto por el Ministerio de Fomento y se garantice la seguridad vial de los usuarios y, en particular, de los ciclistas.
Orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción Técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en carreteras de la Red de Carreteras del Estado.
3. Reductores de velocidad.
3.2 Criterios de implantación.
3.3.2 Geometría. Para la implantación en tramos donde las velocidades requeridas estén comprendidas entre 30 y 50 km/h, las características geométricas de los distintos tipos de reductores, serán:
3.3.2.1 Paso peatonal sobreelevado (reductor trapezoidal) El perfil longitudinal del Reductores de Velocidad trapezoidal comprende una zona sobreelevada y dos partes en pendiente, llamadas rampas, formando un trapecio.
Sus dimensiones serán:
Altura: 10 cm ± 1 cm.
Longitud de la zona elevada: 4 m ± 0,20 m (en casos excepcionales se autorizarán longitudes inferiores, hasta un mínimo de 2,5 m).
Longitud de las rampas: Entre 1 y 2,5 m (un metro para el caso de zona 30, un metro y cincuenta centímetros cuando se señalicen para 40 km/h, y dos metros cincuenta centímetros para velocidad igual a 50 km/h).
En los casos en que la intensidad de autobuses sea elevada se estudiará la posibilidad de construir pasos sobreelevados combinados o almohadas (pendientes distintas para vehículos ligeros y vehículos pesados).
3.3.2.2 Reductor tipo Lomo de asno in situ. Las dimensiones del Reductores de Velocidad tipo lomo de asno ejecutado in situ, que tendrá sección transversal de segmento circular, serán:
Altura: 6 cm ± 1 cm.
Longitud: 4 m ± 0,20 m.
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